Contrato Modelo de Transferencia Internacional (Disp. 60-E/2016)

TM-AR · Borrador del 6 de octubre de 2026 · revisión 1 · versión 1.0

Borrador final para revisión de los abogados. No está en vigor y ninguna clínica lo ha aceptado. Los puntos por confirmar aparecen resaltados en el texto.

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PARTE II — TM-AR: Contrato modelo de transferencia internacional de datos personales con motivo de prestación de servicios

1. Adopción

1.1 Lo que se adopta. Al aceptar el MDPA, la Clínica (como exportadora, responsable) y VstreamX (como importadora, encargada que presta servicios) celebran el contrato modelo del Anexo II de la Disposición 60-E/2016 de la ex Dirección Nacional de Protección de Datos Personales (hoy AAIP): "Contrato modelo de transferencia internacional de datos personales con motivo de prestación de servicios" (el "Contrato Modelo").

1.2 El texto.

  • Su texto completo en español se reproduce en el paquete que la Clínica lee antes de aceptar y en la Copia Firmada. [[TO CONFIRM: incorporar el texto oficial del Anexo II desde el archivo fuente del Boletín Oficial, nunca transcrito a mano]]
  • Solo se completan sus campos en blanco, como sigue.

[[TO CONFIRM: que el Anexo II de la Disposición 60-E/2016 sigue siendo el modelo vigente de la AAIP para prestación de servicios, sin una resolución posterior que lo reemplace]]

2. Campos completados

Partes

ExportadorImportador
Nombre«Clinic legal name»VstreamX Studio Inc.
CUIT«CUIT»No aplica (sociedad extranjera)
Domicilio«Clinic address», ArgentinaOffice B – 1043 Rosser Ave, Brandon, Manitoba R7A 0L5, Canadá
Representante / firmante«Signatory name», «Signatory role», DNI «Signatory DNI»Directivo autorizado de VstreamX (firma electrónica en el certificado de aceptación)
Contacto«Clinic owner email»admin@vstreamx.com

Apéndice del Contrato Modelo: descripción de la transferencia

ElementoContenido
Titulares de los datosPacientes (incluidos menores), sus padres, tutores y representantes, contactos de emergencia, titulares de pólizas, profesionales y personal del exportador, y terceros que se comunican con el exportador.
Finalidades de la transferencia y del tratamientoPrestación al exportador de DentalX, un servicio en la nube de gestión de consultorios odontológicos (Apéndice 1 del MDPA): alojamiento, almacenamiento, copias de seguridad, seguridad, comunicaciones por instrucción del exportador, redacción asistida por IA y soporte.
Categorías de datosLas del Apéndice 1 del MDPA.
Datos sensiblesDatos de salud: antecedentes médicos y odontológicos, diagnósticos, odontograma, tratamientos, imágenes, recetas y consentimientos.
Destinatarios (subencargados) y paísesApéndice 3 del MDPA: Google LLC (Google Cloud/Firebase, Vertex AI, Gmail, reCAPTCHA), Estados Unidos y otros países; Meta Platforms, Inc. / WhatsApp LLC, Estados Unidos y otros países. Consentimiento previo y por escrito del exportador otorgado mediante la aceptación (cláusula de subcontratación del Contrato Modelo).
Medidas de seguridadApéndice 2 del MDPA.
Plazo de conservaciónEl de la Parte I §5 de este Anexo y la cláusula 14 del MDPA.

Jurisdicción

La jurisdicción y los tribunales competentes son los que establece el Contrato Modelo: los tribunales argentinos. [[TO CONFIRM: numeración de la cláusula de jurisdicción (prevista Cl. 7) y de la cláusula de subcontratación (prevista Cl. 10) en el texto oficial]]


Puntos por confirmar antes de la publicación (Argentina)

  1. La fecha de publicación.
  2. Que el registro de auditoría desidentificado queda fuera del art. 25.2 de la Ley 25.326 (Parte I §5.3).
  3. Los plazos provinciales de conservación de historias clínicas odontológicas (Parte I §6.1).
  4. El historial de cambios a nivel de campo de los asientos clínicos, o la fecha prevista (Parte I §6.2).
  5. La opción de producto para las recetas: desactivadas o rotuladas como borradores (Parte I §7).
  6. La incorporación del texto oficial del Anexo II de la Disposición 60-E/2016 (Parte II §1.2).
  7. Que el Anexo II sigue siendo el modelo vigente de la AAIP (Parte II §1.2).
  8. La numeración de las cláusulas de jurisdicción y de subcontratación en el texto oficial (Parte II §2).